<
Obligaciones PLD

Emisión y Comercialización de Tarjetas de servicio y crédito

La emisión y comercialización de tarjetas de servicio y crédito es una actividad que puede ser susceptible de ser utilizada para el lavado de dinero, ya que las tarjetas pueden ser utilizadas para realizar transacciones anónimas o con un bajo nivel de supervisión.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) define la emisión y comercialización de tarjetas de servicio y crédito como una actividad vulnerable al lavado de dinero. El artículo 11, fracción III, de la LFPIORPI establece que son actividades vulnerables aquellas que por su naturaleza o características, son susceptibles de ser utilizadas para ocultar o encubrir recursos de procedencia ilícita.

Obligaciones PLD - Tarjetas de servicio y crédito

Obligaciones de la Actividad Vulnerable de Tarjetas de servicio y crédito

Identificación

Verificación de la identidad basándose en credenciales o documentación oficial y recabación de copia de dicha documentación.

Resguardo

Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación relevante por un plazo de 5 años.

Avisos e Informes

Presentación de avisos y/o informes mensuales a la Unidad de Inteligencia Financiera por conducto del SAT.

Umbrales de Identificación y Aviso

Actividad Umbral de Identificación Umbral de aviso
UMA* M.N.** UMA* M.N.**
Tarjetas de crédito o de servicios 300 $31,080 600 $62,160