El lavado de dinero es un delito que consiste en ocultar el origen de recursos obtenidos de forma ilícita. Las tarjetas de servicios o crédito pueden ser utilizadas para la comisión de este delito, ya que permiten realizar transacciones de forma rápida y sencilla.
Para prevenir el lavado de dinero a través de tarjetas de servicios o crédito, la LFPIORPI establece una serie de obligaciones para los emisores y comercializadores de estas tarjetas. Estas obligaciones incluyen:
- Expediente de identificación de clientes o usuarios: Se debe integrar un expediente de identificación para cada cliente o usuario cuando el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta sea igual o superior al equivalente a 805 Unidades de Medida y Actualización.
- Alta y registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT): Se debe dar de alta y registrar ante el SAT, y en caso de ser persona moral, designar un representante para el cumplimiento de las obligaciones.
- Presentación de avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF): Se debe presentar un aviso a la UIF por conducto del SAT cuando el monto del acto u operación sea igual o superior al equivalente a 1,285 Unidades de Medida.
- Custodia de la información: Se debe custodiar, proteger y resguardar la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a los clientes o usuarios, por un plazo de 5 años.
- Visitas de verificación por parte del SAT: Se debe brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación por parte del SAT.
- Documento de identificación de clientes y usuarios: Se debe contar con un documento en el que se desarrollen los lineamientos de identificación de clientes y usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos para dar cumplimiento a las obligaciones.
| ACTIVIDAD | UMBRAL DE IDENTIFICACIÓN | UMBRAL DE AVISO | ||
| UMA | M.N. | UMA | M.N. | |
| Tarjetas de crédito o de servicios | 805 | $83,510.70 | 1,285 | $133,305.90 |
Para efectos de la identificación, se debe observar lo siguiente:
- Verificar la identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de dicha documentación.
- Solicitar información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, exhibir documentación oficial que permita identificarlo, si ésta obrare en su poder; en caso contrario, declarará que no cuenta con ella.
- Para los casos en que se establezca una relación de negocios, solicitar información sobre actividad u ocupación.
El objetivo de estas obligaciones es prevenir que las tarjetas de servicios o crédito sean utilizadas para la comisión de delitos como el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y la delincuencia organizada.
Si eres un emisor o comercializador de tarjetas de servicios o crédito, podemos ayudarte a cumplir con las obligaciones establecidas en la LFPIORPI. Nuestro sistema PLD te ayudará a identificar a tus clientes, reportar operaciones sospechosas y conservar la información de tus clientes y operaciones de forma segura.
Nuestro sistema PLD ofrece los siguientes beneficios:
- Simplifica el cumplimiento de las obligaciones: Nuestro sistema PLD te permite cumplir con las obligaciones establecidas en la LFPIORPI de forma sencilla y eficiente.
- Reduce el riesgo de sanciones: Nuestro sistema PLD te ayuda a identificar y reportar operaciones sospechosas, lo que reduce el riesgo de recibir sanciones por incumplimiento.
- Mejora la eficiencia operativa: Nuestro sistema PLD te ayuda a organizar y gestionar la información de tus clientes y operaciones, lo que mejora la eficiencia operativa de tu negocio.
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