Mutuo, Garantía, Préstamos y Créditos: Actividad Vulnerable desde el Primer Peso
La actividad de otorgar mutuo, garantía, préstamos o créditos está clasificada como una actividad vulnerable bajo la LFPIORPI, específicamente en el Artículo 17, fracción IV.
Incluso desde el primer peso prestado, su empresa ya se considera una actividad vulnerable y debe cumplir con todas las obligaciones que esto conlleva. El umbral de aviso al SAT es de 1,605 UMAS ($188,283 MXN en 2026). A diferencia de otras actividades vulnerables, esta actividad no tiene una limitante en el pago con dinero en efectivo, lo cual es una característica distintiva importante que aumenta el riesgo de LD/FT. Consulte también nuestros servicios para comercio exterior y fe pública para un cumplimiento integral.
Operaciones Reguladas según LFPIORPI
- Mutuo con interés: Préstamos de dinero con pacto de intereses
- Créditos personales: Financiamiento sin garantía real
- Créditos con garantía: Prendarios, hipotecarios o con aval
- Financiamiento empresarial: Capital de trabajo y expansión
- Microcréditos: Préstamos de bajo monto a personas físicas
Nota: Aplica a entidades no reguladas por CNBV, CNSF, CONSAR o Banxico.
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