Nuevos formatos de Avisos de Actividades Vulnerables 2027

Los formatos de avisos de actividades vulnerables cambian en 2027: nuevos anexos XML de la UIF, fechas clave y el beneficiario controlador.

Sep 14, 2026 - 00:35
Actualizado: 9 Días Atrás
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Nuevos formatos de Avisos de Actividades Vulnerables 2027
Nuevos formatos de Avisos de Actividades Vulnerables 2027 — LFPIORPI / UIF

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) prepara nuevos formatos de avisos de actividades vulnerables. Según el proyecto de Resolución, estos formatos XML serían obligatorios desde el 1 de junio de 2027, una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación. El cambio reorganiza los campos del Aviso y refuerza el bloque del beneficiario controlador. Aquí está lo que importa para tu negocio y para tu equipo técnico.

Nota importante: al momento de publicar este artículo, esta Resolución aún no se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación; corresponde a un proyecto. Las fechas y los formatos que aquí describimos son los previstos en ese proyecto y podrían ajustarse en la versión oficial. Actualizaremos este artículo cuando se publique.

¿Desde cuándo serían obligatorios los nuevos formatos de Avisos?

Según el proyecto de Resolución, desde el 1 de junio de 2027. El documento expide los formatos oficiales de los Avisos e Informes que presentan quienes realizan Actividades Vulnerables. Cada Actividad Vulnerable tiene su propio formato, o "anexo", que define campo por campo cómo se arma el archivo XML que se envía por el Portal en Internet del SAT (SPPLD).

Fechas clave de los nuevos formatos de avisos de actividades vulnerables 2027
Fecha Qué ocurriría
1 de junio de 2027Todo Aviso e Informe nuevo se presenta con los nuevos formatos.
30 de junio de 2027Último día para presentar avisos modificatorios de avisos enviados con el formato anterior.
1 de julio de 2027Los formatos anteriores dejan de estar disponibles; ya no pueden usarse ni siquiera para modificatorios.

El esquema no es una convivencia general de formatos. Desde el 1 de junio de 2027, todo Aviso nuevo va en el formato nuevo. Lo único que sobrevive un mes más es la corrección de avisos que ya se habían presentado con el formato anterior, y solo hasta el 30 de junio de 2027. Por eso conviene no dejar la migración para el final: hacerla bien toma tiempo y coordinación entre tu área de cumplimiento y la técnica.

¿A quién le aplica el cambio de formatos?

A las 17 Actividades Vulnerables del artículo 17 de la Ley Antilavado: inmuebles, vehículos, metales y joyas, casas de empeño, arrendamiento, donativos, fe pública, obras de arte, blindaje y activos virtuales, entre otras. Esas 17 actividades se reparten en 19 anexos de Aviso, porque algunas fracciones tienen varios sub-formatos. Para la mayoría de las Actividades Vulnerables, el formato cambia.

Los 19 anexos de Aviso, de un vistazo

El proyecto define 4,182 campos distribuidos en 19 anexos de Aviso. Cada anexo corresponde a una fracción del artículo 17 y varía mucho en tamaño: desde 97 campos en el más simple hasta 781 en el de servicios profesionales. Esta es la distribución completa.

Los 19 anexos de avisos de actividades vulnerables y su número de campos (formatos 2027)
Anexo Actividad Vulnerable Campos
1Juegos con apuesta, concursos y sorteos107
2-ATarjetas de servicio y de crédito98
2-BTarjetas prepagadas97
2-CMonederos electrónicos y vales98
3Cheques de viajero232
5-AInmuebles: construcción, desarrollo e intermediación142
5-BRecepción de recursos para desarrollo inmobiliario238
6Metales y piedras preciosas, joyas y relojes108
7Obras de arte100
8Vehículos aéreos, marítimos y terrestres127
9Blindaje254
11Traslado o custodia de valores495
12-AServicios profesionales independientes781
12-BFe pública: notarios y corredores588
12-CPersonas facilitadoras (LGMASC) — nuevo112
13Donativos118
14-AComercio exterior — nuevo118
15Arrendamiento de inmuebles106
16Activos virtuales263
Total4,182

A este conjunto se añade el Anexo "A", un catálogo de 247 fracciones arancelarias que sirve de referencia para identificar mercancías en los avisos que lo requieren.

¿Qué anexos son nuevos en los formatos 2027?

El proyecto de Resolución incorpora anexos que responden a actividades reconocidas en las reformas recientes. Los dos anexos nuevos son:

  • Anexo 12-C — fe pública de las personas facilitadoras públicas y privadas de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (artículo 17, fracción XII, apartado D). Recoge los convenios y actos en los que estas personas dan fe sobre derechos reales de inmuebles.
  • Anexo 14-A — comercio exterior (artículo 17, fracción XIV). Es el único de los 19 que no incluye el bloque del beneficiario controlador, y el más flexible: 65 de sus 118 campos son opcionales. Se apoya en el catálogo de 247 fracciones arancelarias para identificar la mercancía.

Se suma también un anexo propio para la recepción de recursos destinados a un desarrollo inmobiliario para su venta o renta (fracción V Bis, anexo 5-B), la actividad vulnerable creada por la reforma a la Ley del 16 de julio de 2025, separado del anexo general de inmuebles (5-A).

¿Qué formatos no cambian en esta Resolución?

El cambio es amplio, pero no toca todos los anexos. Esta Resolución modifica los formatos de la mayoría de las Actividades Vulnerables, aunque algunos conservan su formato anterior: por ejemplo, los correspondientes a las fracciones IV y X del artículo 17 no figuran entre los anexos ajustados. Si tu actividad es una de esas, tu formato de Aviso seguiría igual por ahora; aun así, conviene confirmarlo cuando la Resolución se publique en el Diario Oficial de la Federación, porque el texto definitivo es el que manda.

El dato que casi nadie está viendo: el beneficiario controlador

Al revisar los formatos campo por campo aparece un patrón claro. La etiqueta beneficiario_controlador aparece en 18 de los 19 anexos; solo el anexo 14-A (comercio exterior) no lo incluye. No es un apartado secundario: es una estructura que se repite en casi todas las Actividades Vulnerables, y reforzar su identificación es uno de los ejes declarados del cambio.

Esto tiene una consecuencia práctica. Migrar al nuevo formato no es cambiar la plantilla: es asegurar que capturas, validas y conservas correctamente al beneficiario controlador de cada operación, en el formato exacto que el XML espera. Para muchos negocios, ahí está el trabajo real de la migración, y es lo que más tiempo toma poner en orden.

Si quieres entender qué es el beneficiario controlador y el umbral que lo define, revisa nuestro artículo dedicado: Beneficiario controlador: qué es y cómo identificarlo. Es justo el punto donde un software especializado hace la diferencia frente a llenar el XML a mano.

¿Cómo se estructura el XML del Aviso? (para tu equipo técnico)

Todos los avisos comparten una misma estructura raíz y una cabecera común del sujeto obligado. El archivo abre con los contenedores del archivo y del informe, declara el mes reportado y el sujeto obligado, y luego repite uno o varios bloques de Aviso:

Cada nombre de la siguiente estructura es una etiqueta XML (el envoltorio real lleva los signos de menor y mayor que):

archivo
  informe
    mes_reportado            (formato AAAAMM)
    sujeto_obligado
    aviso
      referencia_aviso
      modificatorio          (solo si corrige un aviso previo)
      ...                    (personas, operación, beneficiario controlador)

Tres puntos que conviene tener presentes al construir el generador:

  • El aviso modificatorio vive dentro del propio esquema: se corrige un Aviso previo con su folio y la descripción del cambio, dentro de los 30 días naturales que prevé la propia Resolución de formatos.
  • Los tipos de dato son pocos y consistentes: alfanumérico, numérico, alfabético y nodos contenedores que agrupan campos. Los patrones se repiten (RFC, CURP, fechas AAAAMMDD, montos con decimales), lo que permite reutilizar validadores.
  • Las etiquetas se usan tal cual las define el formato oficial; el XML enviado debe coincidir con el esquema, así que conviene tratarlas como contrato, no como texto editable.

A modo de muestra, así se ven algunos campos del anexo de arrendamiento (fracción XV):

Muestra de campos del formato de Aviso de arrendamiento (fracción XV)
No. Campo Etiqueta Obligatoriedad Tipo
1Mes reportadomes_reportadoObligatorioNumérico
2Datos de identificación de quien realiza la Actividad Vulnerablesujeto_obligadoObligatorioEtiqueta
2.2Clave de quien realiza la Actividad Vulnerableclave_sujeto_obligadoObligatorioAlfanumérico

Muestra parcial. La especificación completa de los 4,182 campos se comparte bajo solicitud.

Qué revisar en tu operación antes de junio de 2027

Aunque el calendario depende de que la Resolución se publique en el Diario Oficial de la Federación, hay trabajo que puedes adelantar sin riesgo, porque no depende del archivo sino de tu operación:

  • Identifica en qué anexos caes. Si realizas más de una Actividad Vulnerable, cada una tiene su propio formato y su propio conjunto de campos.
  • Ordena la captura del beneficiario controlador. Es el bloque que se repite en casi todos los anexos y el que más suele faltar o estar incompleto en los expedientes.
  • Revisa los campos obligatorios. Confirma que tu operación captura hoy los datos que el nuevo formato marcará como obligatorios, para no descubrir huecos en junio.
  • Define tu proceso de aviso modificatorio. Tendrás una ventana corta para corregir con el formato anterior; después, todo va en el nuevo esquema.
  • Decide quién arma el XML. Hacerlo a mano campo por campo es costoso y propenso a errores; un sistema que lo genera y lo valida reduce el riesgo de un acuse rechazado.

¿Quieres llegar listo a los nuevos formatos de Avisos?

En KYC SYSTEMS ya analizamos el proyecto a detalle y armamos la especificación de sus 4,182 campos, validada una a una. Compartimos la especificación bajo solicitud y te mostramos en una demo cómo se gestiona el Aviso, el expediente y el beneficiario controlador en un sistema pensado para Actividades Vulnerables.

Actualizado: 14 septiembre 2026 ✍️ Revisado por: Isaac Vazquez · KYC Systems

Preguntas frecuentes

Según el proyecto de Resolución de la UIF, desde el 1 de junio de 2027, una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación. A partir de esa fecha, todo Aviso e Informe nuevo se presenta con los nuevos formatos XML.

Desde el 1 de junio de 2027, todo aviso nuevo va en el formato nuevo. Los formatos anteriores solo servirían para presentar modificatorios de avisos ya enviados, hasta el 30 de junio de 2027. El 1 de julio de 2027 dejan de estar disponibles.

El anexo 12-C (personas facilitadoras, conforme a la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias) y el anexo 14-A (comercio exterior). Además, el desarrollo inmobiliario se atiende en un anexo propio (5-B), separado del de inmuebles.

El bloque del beneficiario controlador aparece en 18 de los 19 anexos de Aviso. Migrar al nuevo formato implica capturarlo, validarlo y enviarlo en el formato exacto que el XML espera; reforzar su identificación es uno de los ejes del cambio.

Con el aviso modificatorio, que forma parte del propio esquema XML. Se presenta con el folio del aviso previo y la descripción del cambio, dentro de los 30 días naturales que prevé la Resolución de formatos.
Isaac Vazquez

Equipo editorial de KYC Systems, especialistas en prevención de lavado de dinero y cumplimiento LFPIORPI en México