Declaranot SAT 2026: Avisos PLD Notarios y Umbrales UMA

Qué es Declaranot, qué aviso antilavado de los notarios va por Declaranot y cuáles por el SPPLD, umbrales 2026 de la fracción XII, obligaciones de la notaría y sanciones.

Feb 01, 2026 - 13:38
Actualizado: 7 Días Atrás
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Declaranot SAT 2026: Avisos PLD Notarios y Umbrales UMA
Sistema Declaranot del SAT para notarios - Guía completa de cumplimiento antilavado LFPIORPI 2026

DeclaraNot es la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios del SAT: el sistema con el que los notarios informan las enajenaciones y adquisiciones de bienes en las que intervienen. Además, es la vía por la que los notarios presentan, en todos los casos, el aviso antilavado por la transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles. Los demás avisos van por el Portal del SAT.

Actualizado: 29 de septiembre de 2026 · Fuentes: LFPIORPI (reforma DOF 16-jul-2025), Reglamento (reforma DOF 27-mar-2026), Reglas de Carácter General (Acuerdo 115/2026) y folleto de orientación del SAT para fe pública. Montos con UMA 2026 ($117.31).

¿Qué es DeclaraNot?

DeclaraNot (hoy DeclaraNOT en línea) es una herramienta fiscal del SAT. Según su instructivo, sirve para que los notarios y demás fedatarios presenten la información de las enajenaciones y adquisiciones de bienes en las que intervienen, los avisos de personas morales que no acreditaron su inscripción, liquidación o cancelación en el RFC, y los avisos de socios o accionistas sin clave de RFC.

Conforme a la Ley del ISR (artículo 126), esa información se presenta dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura o minuta.

Lo que muchos no saben es que el Reglamento de la Ley Antilavado aprovecha ese mismo sistema: el aviso por operaciones con inmuebles ante notario no se presenta en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, sino a través de DeclaraNot.

¿Qué avisos antilavado van por DeclaraNot y cuáles por el SPPLD?

El artículo 17 del Reglamento de la LFPIORPI establece que los avisos del Apartado A, inciso a) de la fracción XII del artículo 17 (transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles) se presentan en todos los casos por el sistema de declaraciones fiscales, siguiendo sus plazos y términos, siempre que contengan la información que exige el artículo 24 de la Ley. Todo lo demás se presenta en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).

Dónde presenta el notario cada aviso antilavado
Acto ante notario Dónde se presenta el aviso Plazo
Derechos reales sobre inmuebles (inciso a)DeclaraNotLos de las disposiciones fiscales (Reglamento, art. 17)
Poderes irrevocables, sociedades, fideicomisos, mutuo o crédito (incisos b a e)SPPLDA más tardar el día 17 del mes siguiente
Aviso de 24 horasDeclaraNot si se relaciona con inmuebles (inciso a); SPPLD en los demás actos (RCG, art. 27)24 horas
Informe sin operacionesSPPLDDía 17 del mes siguiente

Los corredores públicos, los servidores públicos con fe pública y los facilitadores presentan sus avisos antilavado en el SPPLD. Para los avisos del SPPLD existe además una facilidad administrativa del SAT según el sexto dígito del RFC (del primer al quinto día hábil después del 17), que solo es válida si el aviso se presenta exactamente el día que corresponde.

Umbrales 2026: cuándo identifica y cuándo avisa un notario

En todos los actos de la fracción XII, Apartado A, el notario identifica siempre, sin importar el monto. El umbral solo decide cuándo, además, hay que presentar aviso:

Umbrales de identificación y aviso para notarios (Art. 17 Fr. XII Apartado A, UMA 2026)
Inciso Acto Identifica Aviso
a)Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles (salvo garantías a favor del sistema financiero u organismos públicos de vivienda)Siempre8,000 UMA ($938,480), sobre el valor más alto
b)Poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocableSiempreSiempre
c)Constitución de personas morales, aumento o disminución de capital, fusión, escisión y compraventa de acciones o partes socialesSiempreSiempre
d)Constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía (salvo garantía de créditos del sistema financiero u organismos de vivienda)Siempre4,000 UMA ($469,240)
e)Mutuo o crédito, con o sin garantía, cuando el acreedor no es del sistema financiero ni organismo público de viviendaSiempreSiempre

En inmuebles, el "valor más alto" es el mayor entre el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial o, en su caso, el monto garantizado por suerte principal. Para calcular el umbral no se consideran las contribuciones ni sus accesorios. La fecha del acto es la de otorgamiento del instrumento público o, en su caso, la de la protocolización. El aviso de las protocolizaciones depende de que se actualice el formato correspondiente.

La reforma de julio de 2025 bajó el umbral de aviso de inmuebles de 16,000 a 8,000 UMA y amplió el alcance a las protocolizaciones y a "cualquier otro acto que conlleve a su formalización". Detalle de la compraventa en compraventa de inmuebles y LFPIORPI y de fideicomisos en obligaciones PLD de los fideicomisos.

Obligaciones antilavado de la notaría

  • Alta en el padrón del SPPLD con la actividad "Fe pública (notarios y corredores)", y actualización del registro dentro de 6 días hábiles cuando algo cambie.
  • Identificar a la persona que solicita la formalización del instrumento y a los clientes. El expediente se tiene por integrado si la información ya está en el protocolo, las pólizas o los libros de registro, siempre que se conserve el plazo legal.
  • Beneficiario controlador: si el cliente es persona moral o fideicomiso, documentos que lo identifiquen; si es persona física, su declaración firmada sobre si tiene o no conocimiento de la existencia de un beneficiario controlador.
  • Revisar las listas que publica la UIF: jurisdicciones de alto riesgo y bajo mayor monitoreo del GAFI, y lista consolidada del Consejo de Seguridad de la ONU.
  • Abstenerse, sin responsabilidad, si el cliente se niega a dar la información.
  • Forma de pago (Art. 33): en los instrumentos de actos del artículo 32, identificar cómo se pagó cuando la operación es de 8,025 UMA ($941,412.75) o más. Si es menor, o se pagó antes de firmar, basta la declaración bajo protesta del cliente.
  • Efectivo: en inmuebles no se puede liquidar en efectivo desde 8,025 UMA (Art. 32, fracción I), ni en la compraventa de acciones y partes sociales desde 3,210 UMA (fracción VI). Ver restricción de efectivo.
  • Conservar la información 10 años desde la fecha del acto.
  • Informe en cero en el SPPLD los meses sin avisos que presentar.
  • Nuevas obligaciones de las Reglas de agosto de 2026: manual de políticas internas y metodología de riesgos desde el 1 de marzo de 2027, capacitación anual con primer periodo en 2027, mecanismos automatizados a más tardar el 1 de junio de 2027 y auditoría con primer periodo en 2028 (ver Reglas de Carácter General).

Acumulación, aviso de 24 horas y aviso modificatorio

  • Acumulación en 6 meses: los actos del mismo tipo con un mismo cliente se suman para el umbral, salvo en los poderes irrevocables y en el mutuo o crédito, donde no aplica (RCG, art. 19).
  • Aviso de 24 horas: por sospecha o indicios de que los recursos tienen origen ilícito, aunque el acto no se haya celebrado, y cuando el cliente aparece en las listas que publica la UIF. Algunas modalidades de este aviso se podrán enviar cuando entren los nuevos formatos. Ver obligaciones de las actividades vulnerables.
  • Aviso modificatorio: se puede corregir un aviso por una sola ocasión dentro de los 30 días siguientes a su acuse.

Sanciones para notarios

Multas LFPIORPI aplicables a notarios (UMA 2026)
Infracción Multa En pesos
No identificar, no atender requerimientos, aviso hasta 30 días tarde o sin requisitos200 a 2,000 UMA$23,462 a $234,620
Aviso presentado más de 30 días tarde, o no identificar la forma de pago en el instrumento (Art. 33)2,000 a 10,000 UMA$234,620 a $1,173,100
Omitir el aviso o aceptar efectivo prohibido10,000 a 65,000 UMA, o 10 % a 100 % del valor$1,173,100 a $7,625,150

Además, cuando la SHCP determina que un notario incurrió en notorias deficiencias (reincidir en las infracciones de las fracciones I a V del artículo 53, o cometer las de las fracciones VI y VII), lo informa a la autoridad que supervisa la función notarial para que inicie su propio procedimiento sancionador (Art. 58). Si detectas incumplimientos, puedes regularizarte antes de una visita: ver autocorrección ante el SAT y multas de la ley antilavado.

Lo que viene en 2027

  • 1 de febrero de 2027: nuevo formato de alta y registro en el padrón.
  • 1 de marzo de 2027: manual de políticas internas y metodología de riesgos disponibles para el SAT.
  • 1 de junio de 2027: nuevos formatos de avisos del SPPLD y mecanismos automatizados de monitoreo.

Si además actúas como facilitador de mecanismos alternativos de solución de controversias, revisa las obligaciones de los facilitadores.

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✏ Actualizado: 29 septiembre 2026 ✍️ Revisado por: Isaac Vazquez · KYC Systems

Preguntas frecuentes sobre DeclaraNot

Es la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios del SAT (DeclaraNOT en línea). Sirve para informar las enajenaciones y adquisiciones de bienes en las que interviene el fedatario, los avisos de personas morales que no acreditaron su situación en el RFC y los de socios o accionistas sin RFC. Además, por ella los notarios presentan el aviso antilavado de las operaciones con inmuebles.

Solo el de la transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles (Art. 17 Fr. XII, Apartado A, inciso a). El Reglamento de la LFPIORPI (art. 17) establece que se presenta en todos los casos por el sistema de declaraciones fiscales, siguiendo sus plazos. Los avisos de poderes irrevocables, sociedades, fideicomisos y mutuo o crédito se presentan en el SPPLD.

Desde 8,000 UMA ($938,480 en 2026), calculado sobre el valor más alto entre el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial o el monto garantizado por suerte principal. El cliente se identifica siempre, sin importar el monto.

No por sí mismos. La ley obliga a avisar siempre los poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocable. Un poder general revocable no es objeto de aviso.

Sí. La constitución de personas morales, su aumento o disminución de capital, la fusión, la escisión y la compraventa de acciones o partes sociales ante notario siempre son objeto de aviso.

No. El aviso por DeclaraNot aplica al inciso a) del Apartado A, que es de notarios. Los corredores públicos presentan sus avisos antilavado en el SPPLD: los avalúos desde 8,025 UMA ($941,412.75) y los demás actos del Apartado B siempre.

La multa por omitir un aviso es de 10,000 a 65,000 UMA ($1,173,100 a $7,625,150 en 2026), o del 10 % al 100 % del valor de la operación, la que resulte mayor. Además, si la SHCP determina notorias deficiencias, lo informa a la autoridad que supervisa la función notarial para que inicie su propio procedimiento.
Isaac Vazquez

Equipo editorial de KYC Systems, especialistas en prevención de lavado de dinero y cumplimiento LFPIORPI en México