Software PLD para Juegos, Apuestas y Sorteos

Cumple PLD con KYC SYSTEMS. Protege tu negocio de juegos, apuestas y sorteos. Automatiza PLD, evita sanciones millonarias y cumple la LFPIORPI 2026.

Software PLD para juegos, apuestas y sorteos - KYC SYSTEMS
Cumplimiento PLD para juegos, apuestas y sorteos en México

¿Qué obligaciones LFPIORPI aplican a casinos, apuestas y sorteos en 2026?

La explotación habitual o profesional de juegos con apuesta, concursos y sorteos es actividad vulnerable según el artículo 17 fracción I de la LFPIORPI. Los sujetos obligados son los permisionarios autorizados por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) conforme a la Ley Federal de Juegos y Sorteos: casinos, salones de juego, apuestas remotas (online), loterías, rifas y concursos con premio. La identificación del cliente aplica a partir de 325 UMA ($38,125 MXN en 2026) y el aviso al SAT a partir de 645 UMA ($75,665 MXN). El Art. 32 Fr. III LFPIORPI prohíbe recibir pagos en efectivo superiores a 3,210 UMA ($376,565 MXN).

Obligación nueva desde julio 2025: Conforme a la reforma al artículo 18 fracción X de la LFPIORPI publicada en el DOF el 16 de julio de 2025, los sujetos obligados deben implementar mecanismos automatizados para elaborar el perfil transaccional de sus clientes y monitorear operaciones inusuales de forma continua. KYC SYSTEMS incluye este módulo por defecto conforme al perfil transaccional 2026.

Tabla de umbrales Art. 17 Fr. I (UMA 2026: $117.31)

Concepto UMA MXN 2026 Base legal
Identificación del cliente 325 UMA $38,125 MXN Art. 17 Fr. I LFPIORPI
Aviso al SAT 645 UMA $75,665 MXN Art. 17 Fr. I LFPIORPI
Restricción de efectivo 3,210 UMA $376,565 MXN Art. 32 Fr. III LFPIORPI
Multa máxima por aviso omitido 10,000 a 65,000 UMA $1,173,100 a $7,625,150 MXN Arts. 53–55 LFPIORPI

Particularidad del sector: dual régimen SEGOB + SAT. Los permisionarios de juegos con apuesta y sorteos cumplen DOS regímenes regulatorios paralelos: la Secretaría de Gobernación (SEGOB) otorga y supervisa el permiso de operación bajo la Ley Federal de Juegos y Sorteos (umbrales operativos, requisitos sanitarios, supervisión presencial), y el SAT/UIF supervisa el cumplimiento PLD bajo la LFPIORPI Fr. I. La omisión de avisos al SAT puede activar tanto sanciones LFPIORPI Arts. 53–55 ($23,462 a $7,625,150 MXN) como la revocación del permiso SEGOB, con cierre operativo del establecimiento.

En México, el sector de los juegos con apuesta, concursos y sorteos ha sido explícitamente designado como una actividad vulnerable bajo la LFPIORPI, específicamente en el Artículo 17, fracción I.

Las reformas del 16 de julio de 2025 han ampliado las obligaciones de las actividades vulnerables a doce fracciones en el Artículo 18. Como toda actividad vulnerable, los permisionarios SEGOB deben cumplir con las 13 obligaciones del Art. 18 LFPIORPI. El incumplimiento expone a multas LFPIORPI 2026 de hasta 65,000 UMA ($7,625,150 MXN, Arts. 53–55) además de la posible revocación del permiso SEGOB. Consulte también nuestros servicios para comercio exterior y fe pública para un cumplimiento integral.

Operaciones Reguladas según LFPIORPI

  • Casinos y establecimientos de juego: Juegos con apuesta permitidos por la Secretaría de Gobernación
  • Sorteos: Rifas, loterías y sorteos autorizados por SEGOB
  • Concursos: Competencias con premio en efectivo o especie
  • Apuestas remotas: Operaciones realizadas vía internet o sistemas electrónicos
  • Máquinas de juego: Tragamonedas y dispositivos similares

UMA

Umbral de identificación

UMA

Umbral de Aviso

¿Cuál es el costo del sistema para PLD?

El software PLD para casinos, salones de juego, apuestas remotas y sorteos de KYC SYSTEMS tiene un costo desde $5,000 MXN al mes. El precio final depende del volumen de clientes, operaciones mensuales y módulos requeridos por su empresa. Incluye expediente digital, generación automática de avisos SAT y cumplimiento del Reglamento LFPIORPI 2026.

Desde $5,000 MXN / mes

Más IVA. Implementación y capacitación incluidas.

Expediente digital de jugadores y apostadores
Cotejo automático contra listas restrictivas (LPB-SHCP, OFAC, ONU, PEPs nacionales y extranjeros, SAT 69-B)
Avisos SAT XML automáticos (Art. 17 Fr. I LFPIORPI)
Demostración gratuita, capacitación y soporte técnico
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Respuesta inmediata

¿Cuáles son las obligaciones PLD para permisionarios SEGOB?

Las reformas a la LFPIORPI de 2025 han ampliado las obligaciones de las actividades vulnerables de seis a doce fracciones en el Artículo 18

Identificación y Conocimiento del Cliente (KYC)

Los permisionarios SEGOB de casinos, salones de juego, apuestas remotas online, loterías, rifas y concursos deben aplicar el proceso KYC a partir de 325 UMA ($38,125 MXN en 2026), conforme al Art. 17 Fr. I LFPIORPI y al Art. 18 Fr. I. KYC SYSTEMS valida INE/CURP/RFC y coteja contra Lista de Personas Bloqueadas y PEPs en kioscos físicos y plataformas remotas.

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Identificación del Beneficiario Controlador

Cuando el apostador o ganador opera bajo persona moral (sociedad recreativa, fondo de inversión, casa de apuestas corporativa), debe identificarse al beneficiario controlador con ≥25% de control, conforme al Art. 18 Fr. III LFPIORPI. Omitir la declaración firmada activa multas de 200 a 2,000 UMA ($23,462–$234,620 MXN) bajo el Art. 53 LFPIORPI y conservación 10 años.

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Monitoreo Permanente

Los permisionarios SEGOB deben implementar mecanismos automatizados conforme al Art. 18 Fr. X LFPIORPI (reforma julio 2025) para detectar operaciones fuera del perfil transaccional: ganadores anónimos, apuestas remotas online de alto monto y conversión de fichas a efectivo. KYC SYSTEMS alerta al exceder 3,210 UMA ($376,565 MXN) en efectivo (Art. 32 Fr. III).

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Avisos e Informes Detallados

Presente aviso mensual al SAT el día 17 del mes siguiente cuando una operación de juego, apuesta o premio supere 645 UMA ($75,665 MXN en 2026), conforme al Art. 17 Fr. I LFPIORPI. Tras la reforma del Reglamento (DOF 27/03/2026), el Art. 7 Bis exige aviso 24 horas por intento. La omisión activa revocación del permiso SEGOB bajo la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

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Resguardo Documental por 10 Años

Los expedientes de jugadores, comprobantes de premios pagados, registros de apuestas online y videograbaciones deben custodiarse 10 años contados desde la última operación, conforme al Art. 18 Fr. IV LFPIORPI (plazo duplicado tras la reforma de julio 2025). KYC SYSTEMS conserva expediente digital cifrado con respaldo automático y acceso disponible para inspección SAT y SEGOB.

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Enfoque Basado en Riesgos (EBR)

Clasifique cada operación de juego como bajo, medio o alto ponderando los riesgos típicos del sector: alto volumen en efectivo, ganadores anónimos y apuestas remotas online. Conforme al Art. 18 Fr. VI LFPIORPI, KYC SYSTEMS aplica metodología EBR con medidas reforzadas a operaciones >3,210 UMA ($376,565 MXN) y a clientes PEPs en sector regulado SEGOB.

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KYC en kiosco y plataforma online

Para casinos con miles de jugadores diarios y plataformas remotas SEGOB, KYC SYSTEMS integra el expediente del cliente desde 325 UMA ($38,125 MXN) conforme al Art. 17 Fr. I LFPIORPI: validación INE/CURP/RFC en línea contra el SAT, biometría facial en kioscos físicos y declaración firmada del beneficiario controlador para apostadores corporativos.

Validación INE/CURP/RFC en tiempo real
Cotejo Lista Personas Bloqueadas + PEPs
Biometría facial para kioscos y apuestas online
Identificación de clientes y beneficiario controlador para juegos y apuestas

Detección de fragmentación y ganadores anónimos

KYC SYSTEMS aplica los mecanismos automatizados del Art. 18 Fr. X LFPIORPI (reforma julio 2025) con acumulación 6 meses por cliente (Art. 7 Reglamento marzo 2026). Alerta cuando un mismo apostador acumula compras de fichas o pagos de premios bajo 645 UMA ($75,665 MXN) para evadir el aviso y bloquea operaciones en efectivo >3,210 UMA (Art. 32 Fr. III).

Acumulación 6 meses por jugador (Art. 7)
Bloqueo efectivo >3,210 UMA (Art. 32 Fr. III)
Seguimiento PEPs (Arts. 45 Bis–Quinquies)
Monitoreo inteligente de operaciones de juegos y apuestas PLD

Avisos SAT XML para casinos y apuestas online

KYC SYSTEMS genera el aviso mensual SPPLD cuando una operación alcanza 645 UMA ($75,665 MXN) y los avisos 24 horas por intento (Art. 7 Bis Reglamento) en formato XML validado contra el esquema XSD del SAT. Plazo regulatorio: día 17 del mes siguiente conforme al Art. 23 LFPIORPI. Protege el permiso SEGOB ante la omisión que puede activar revocación.

Aviso ≥645 UMA día 17 (Art. 23 LFPIORPI)
Aviso 24h por intento (Art. 7 Bis Reglamento)
Validación XSD contra esquema SPPLD
Generación automática de avisos SAT para juegos y apuestas

EBR ajustada al riesgo dual SEGOB + SAT

Metodología EBR (Evaluación Basada en Riesgos) calibrada para el régimen dual: cumple Ley Federal de Juegos y Sorteos (SEGOB) + LFPIORPI Fr. I (SAT/UIF). Clasifica cada apostador en bajo/medio/alto y aplica medidas reforzadas a operaciones >3,210 UMA o con PEPs, evitando la revocación del permiso SEGOB ante incumplimientos.

Score automático bajo/medio/alto
Riesgos sectoriales pre-configurados (Fr. I)
Medidas reforzadas para >3,210 UMA + PEPs
Enfoque basado en riesgos para juegos, apuestas y sorteos

¿Qué cambia con la Reforma del Reglamento LFPIORPI desde marzo 2026?

El 27 de marzo de 2026 se publicó en el DOF la reforma al Reglamento de la LFPIORPI, la primera desde 2013. Los cambios afectan directamente a tu sector con nuevas obligaciones ya vigentes.

Nueva obligaciónArtículoImpacto
Auditoría obligatoriaArt. 12 BisDictamen anual interno o externo + documentación soporte
Identificación de PEPsArts. 45 Bis–QuinquiesConsultar lista oficial de la UIF antes de operar
Acumulación 6 mesesArt. 7Aviso inmediato al alcanzar umbral acumulado por cliente
Aviso 24h por intentoArt. 7 BisPresentar aviso aunque la operación no se concrete
Sanción directaArt. 8SAT sanciona sin procedimiento LFPA si no respondes en 10 días
AutocorrecciónArt. 55 BisProcedimiento formal para reducir multas corrigiendo voluntariamente

Consulta la guía completa de la reforma al Reglamento LFPIORPI 2026 →

¿Qué ventajas obtiene un casino o sorteo con KYC SYSTEMS?

Al integrar KYC SYSTEMS, tu negocio de juegos, apuestas, concursos y sorteos obtiene una ventaja competitiva y una sólida protección

1

Evita Sanciones Millonarias

Protege tu empresa de multas cuantiosas y responsabilidad penal al asegurar el cumplimiento oportuno y de calidad con la LFPIORPI, que pueden ascender a millones de pesos por cada incumplimiento.

2

Ahorra Tiempo y Recursos

Automatiza tareas administrativas repetitivas y reduce la carga de trabajo manual, permitiendo a tu equipo enfocarse en el crecimiento y la innovación.

3

Automatiza Procesos Clave de Cumplimiento

Desde la identificación del cliente hasta la generación de avisos, nuestro sistema agiliza tus operaciones de PLD, liberando a tu personal y optimizando la gestión de información.

4

Fortalece tu Reputación

Demuestra un compromiso sólido con la ética y la excelencia operativa ante autoridades, socios e inversionistas, convirtiendo tu cumplimiento en una ventaja competitiva.

Preguntas Frecuentes sobre Juegos, Apuestas y Sorteos

Resolvemos las dudas más comunes sobre las nuevas obligaciones de PLD para el sector de juegos, apuestas, concursos y sorteos

01

¿Cuáles son los umbrales específicos para juegos, apuestas, concursos y sorteos?

Para juegos, apuestas, concursos y sorteos, la obligación de identificar a los clientes comienza a partir de 325 UMA, y la de presentar avisos SAT a partir de 645 UMA. Además, existe una limitación para recibir pagos en efectivo que excedan las 3,210 UMA por la compra de boletos o fichas de juego.

02

¿Por qué el sector de juegos y apuestas es considerado de alto riesgo?

El sector de juegos, apuestas, concursos y sorteos es especialmente atractivo para las organizaciones delictivas que buscan legitimar recursos de procedencia ilícita o financiar actividades terroristas. La complejidad de las operaciones, la rapidez de las transacciones y el volumen de efectivo que puede manejarse son factores que aumentan la vulnerabilidad de estos negocios.

03

¿Qué cambios traen las reformas LFPIORPI 2026 para el sector?

Las reformas del 16 de julio de 2025 han ampliado las obligaciones de las actividades vulnerables de seis a doce fracciones en el Artículo 18. Esto incluye la identificación directa de clientes, beneficiario controlador, monitoreo permanente, avisos de 24 horas, resguardo documental por 10 años, y la implementación de un Enfoque Basado en Riesgos.

04

¿Cómo puede ayudarme KYC SYSTEMS con el cumplimiento PLD?

KYC SYSTEMS automatiza la identificación de clientes, beneficiario controlador, monitoreo en listas negras, generación de avisos al SAT y gestión documental. Nuestro software es completamente personalizable y se adapta al contexto específico del sector de juegos y apuestas, garantizando un cumplimiento antilavado seguro y eficiente.

05

¿Qué sanciones puedo evitar con KYC SYSTEMS?

Con KYC SYSTEMS puedes evitar sanciones de 10,000 a 65,000 UMA ($1.17M a $7.6M MXN) por no presentar avisos al SAT. Nuestro sistema asegura el cumplimiento oportuno y de calidad, protegiendo tu patrimonio y reputación ante las autoridades.

06

¿Cuál es la limitación de efectivo para juegos y apuestas?

La LFPIORPI establece una limitante especial para este sector: no se pueden recibir pagos en efectivo superiores a 3,210 UMA ($376,565 MXN en 2026) por la compra de boletos, fichas de juego o similares. Exceder este límite puede resultar en sanciones graves y responsabilidad penal.

07

¿Qué operaciones específicas debo reportar al SAT?

Debes presentar avisos mensuales cuando las operaciones acumuladas con un mismo cliente superen 645 UMA ($75,665 MXN). Esto incluye compra de fichas, boletos, premios pagados y cualquier operación relacionada con juegos con apuesta, concursos o sorteos autorizados.

08

¿Qué cambió con la reforma al Reglamento LFPIORPI de marzo 2026?

El DOF del 27 de marzo de 2026 publicó la primera reforma al Reglamento de la LFPIORPI desde 2013. Las principales novedades son: auditorías obligatorias con dictamen (Art. 12 Bis), capítulo completo sobre PEPs (Arts. 45 Bis–Quinquies), acumulación de operaciones en periodos de 6 meses (Art. 7), aviso de 24 horas por intento de operación (Art. 7 Bis) y un procedimiento formal de autocorrección ante el SAT (Art. 55 Bis). KYC SYSTEMS ya incorpora estas obligaciones en su software PLD.

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