Reformas LFPIORPI 2026: Nuevas Obligaciones para Juegos, Apuestas y Sorteos
En México, el sector de los juegos con apuesta, concursos y sorteos ha sido explícitamente designado como una actividad vulnerable bajo la LFPIORPI, específicamente en el Artículo 17, fracción I.
Las reformas del 16 de julio de 2025 han ampliado las obligaciones de las actividades vulnerables de seis a doce fracciones en el Artículo 18. Para juegos, apuestas, concursos y sorteos, la obligación de identificar a los clientes comienza a partir de 325 UMAS ($38,125 MXN en 2026), y la de presentar avisos SAT a partir de 645 UMAS ($75,665 MXN). Además, existe una limitación para recibir pagos en efectivo que excedan las 3,210 UMAS ($376,565 MXN) por la compra de boletos o fichas de juego. Consulte también nuestros servicios para comercio exterior y fe pública para un cumplimiento integral.
Operaciones Reguladas según LFPIORPI
- Casinos y establecimientos de juego: Juegos con apuesta permitidos por la Secretaría de Gobernación
- Sorteos: Rifas, loterías y sorteos autorizados por SEGOB
- Concursos: Competencias con premio en efectivo o especie
- Apuestas remotas: Operaciones realizadas vía internet o sistemas electrónicos
- Máquinas de juego: Tragamonedas y dispositivos similares
UMAS
Umbral de identificación
UMAS
Umbral de Aviso