Las tipologías del lavado de dinero son los métodos y técnicas que las organizaciones criminales emplean para dar apariencia legal a recursos de procedencia ilícita. En México, la UIF clasifica estas tipologías para que los sujetos obligados —del sector financiero y de actividades vulnerables— fortalezcan sus señales de alerta. Esta guía explica las principales tipologías, cómo detectarlas y las obligaciones legales de prevención.
¿Qué son las tipologías del lavado de dinero?
Una tipología del lavado de dinero es la descripción de un esquema que comparte estructura o método similar con otros esquemas para ocultar el origen ilícito de recursos, según la definición del GAFI. Su propósito es ayudar a los sujetos obligados a reconocer patrones de operaciones sospechosas y diseñar controles de detección más efectivos.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México establece que cada tipología se compone de seis elementos:
| Elemento |
Descripción |
| Método |
La acción específica utilizada para lavar dinero o financiar terrorismo |
| Técnica |
Los procedimientos concretos empleados dentro del método |
| Instrumento |
Los medios utilizados: productos bancarios, fideicomisos, inmuebles, activos virtuales |
| Caso |
Ejemplos reales que ilustran cómo se desarrolló el esquema |
| Señal de alerta |
Comportamientos o patrones que permiten presumir la comisión del delito |
| Tendencia |
La evolución estimada según la región geográfica o el delito precedente |
Jurídicamente, el delito que buscan prevenir las tipologías del lavado de dinero se denomina operaciones con recursos de procedencia ilícita (Art. 400 Bis del Código Penal Federal), con penas de 5 a 15 años de prisión. El término "lavado de dinero" es coloquial; los legisladores mexicanos eligieron una denominación más amplia para no limitar el alcance del tipo penal a una sola modalidad.
¿Cuáles son las principales tipologías del lavado de dinero?
El GAFI, el GAFILAT y la UIF han documentado decenas de tipologías del lavado de dinero. A continuación presentamos las más relevantes para los sujetos obligados en México, con sus características y señales de alerta específicas.
Pitufeo o smurfing (estructuración)
El pitufeo consiste en fraccionar grandes sumas de dinero en múltiples operaciones pequeñas para no superar los umbrales que activan reportes o avisos. Según el GAFILAT, es una de las cinco técnicas más recurrentes en América Latina en los esquemas de lavado de activos.
Los "pitufos" o "mulas de dinero" depositan fondos en diferentes cuentas bancarias, en distintas sucursales o instituciones. Una vez fraccionados, los fondos se reúnen en una sola cuenta o se invierten en negocios legítimos. Esta tipología es especialmente peligrosa porque suele involucrar a personas comunes que desconocen estar participando en un delito.
Señal de alerta: un cliente o grupo de personas realizan operaciones frecuentes justo debajo del umbral de aviso, en horarios o sucursales distintas, sin justificación económica aparente.
Empresas fachada o fantasma
Las empresas fantasma aparentan ser negocios legítimos —reportan ingresos, pagan impuestos y emiten facturas— pero no realizan actividad económica real. Su función es justificar el movimiento de fondos ilícitos como si fueran ingresos comerciales, utilizando testaferros como accionistas o representantes legales.
En México, la UIF documentó una red de cuatro empresas fachada conectadas al Cártel de Sinaloa que recibieron y transfirieron más de $3,523 millones de pesos en menos de dos años, operando desde oficinas virtuales y casas particulares. El SAT publica listas de EFOS y EDOS (empresas que facturan operaciones simuladas) como herramienta de prevención.
Señal de alerta: facturación sin sustancia económica verificable, proveedores listados como EFOS, ingresos desproporcionados respecto al tamaño y antigüedad del negocio.
Uso de testaferros o prestanombres
El testaferro es una persona que presta su nombre o identidad para aparecer como titular formal de bienes, cuentas o empresas cuyo verdadero dueño busca permanecer oculto. Los perfiles típicos incluyen familiares cercanos, empleados de confianza, profesionales con conocimientos financieros o personas vulnerables engañadas o coaccionadas.
Esta tipología se conecta directamente con la obligación de identificar al beneficiario controlador (Art. 18 Fr. III de la LFPIORPI) o al propietario real (régimen financiero CNBV). Si el titular declarado no coincide con quien realmente controla los recursos, el sujeto obligado debe detectar esta discrepancia mediante la debida diligencia.
Señal de alerta: titular sin capacidad económica para las operaciones que realiza, documentación inconsistente entre actividad declarada e ingresos, terceros no identificados que toman decisiones sobre la cuenta o el bien.
Lavado basado en el comercio (TBML)
El Trade-Based Money Laundering (TBML) es una de las tipologías del lavado de dinero más sofisticadas y menos detectadas a nivel mundial. Consiste en ocultar fondos ilícitos dentro de transacciones comerciales internacionales aparentemente legítimas. Según Global Financial Integrity, la facturación fraudulenta representó el 63% de los casos de TBML identificados entre 2011 y 2021.
| Técnica TBML |
Mecanismo |
Ejemplo |
| Sobrefacturación de exportaciones |
Declarar precios inflados para justificar ingresos |
Exportar mercancía de $100,000 USD declarada en $1,000,000 USD |
| Subfacturación de importaciones |
Declarar valores menores al real para transferir valor |
Importar equipo de $500,000 USD declarado en $50,000 USD |
| Envíos fantasma |
Facturar mercancías que nunca se envían |
Documentar contenedores vacíos como carga de alto valor |
| Facturación múltiple |
Facturar repetidamente los mismos bienes |
Emitir 3 facturas por la misma partida de mercancía |
El TBML es difícil de detectar porque las transacciones comerciales internacionales son inherentemente complejas, involucran múltiples jurisdicciones y los controles antilavado tradicionales no están diseñados para verificar si el precio declarado de una mercancía corresponde a su valor real de mercado.
Señal de alerta: precios significativamente fuera del valor de mercado del producto, rutas comerciales inusuales que pasan por jurisdicciones sin relación económica con la operación, volúmenes comerciales inconsistentes con la capacidad operativa del importador o exportador.
Sector inmobiliario
El sector inmobiliario es uno de los vehículos más atractivos para el lavado de dinero por el alto valor de las transacciones, la posibilidad de manipular precios y el potencial de anonimato a través de personas morales. Las modalidades incluyen compraventa con sobre o subvaluación (la diferencia se paga en efectivo fuera de escritura), adquisiciones directas en efectivo, uso de empresas holding para triangular flujos y arrendamiento con pagos fraccionados.
La reforma DOF 16-07-2025 a la LFPIORPI incorporó la fracción V Bis al Art. 17, que establece como actividad vulnerable la recepción de recursos para desarrollo inmobiliario (construcción y fraccionamiento de lotes para venta o renta), con aviso a partir de 8,025 UMAs ($941,613 MXN en 2026). Consulta las obligaciones específicas para arrendadores en la ley antilavado.
Señal de alerta: pagos en efectivo por montos elevados, compradores sin perfil económico que justifique la adquisición, sobrevaluación evidente respecto a avalúos comparables, operaciones sucesivas de compraventa en periodos cortos.
Casinos y juegos de azar
Los casinos permiten introducir efectivo ilícito mediante la compra masiva de fichas, simular ganancias de juego y retirar fondos "limpios" respaldados por boletos de caja. En noviembre de 2025, la SHCP identificó 13 casinos en México con operaciones consistentes con tipologías del lavado de dinero internacionales, incluyendo movimientos millonarios en efectivo y transferencias a paraísos fiscales.
El modus operandi detectado incluye: ingreso masivo de efectivo para compra de fichas sin participación real en juegos, uso de intermediarios de bajo perfil (estudiantes, amas de casa, jubilados) para simular operaciones legítimas, y transferencias internacionales a jurisdicciones como Panamá, Malta y Albania. El Tesoro de Estados Unidos (FinCEN) sancionó a 10 casinos mexicanos señalando que facilitaban el lavado en beneficio del Cártel de Sinaloa.
Señal de alerta: compra de fichas en montos elevados con mínima participación en juegos, conversión directa de fichas a cheque de caja, clientes que frecuentan el casino con cantidades de efectivo inusuales.
Criptomonedas y activos virtuales
Los activos virtuales se utilizan principalmente en la fase de estratificación por su rapidez y potencial de pseudoanonimato. Los mecanismos más utilizados incluyen mixers o mezcladores (servicios que combinan fondos de distintos usuarios para romper la trazabilidad), monedas de privacidad como Monero, plataformas DeFi (finanzas descentralizadas) y compraventa artificial de NFTs a precios inflados para justificar transferencias de valor.
La reforma DOF 16-07-2025 a la LFPIORPI reformó la fracción XVI del Art. 17, ampliando el alcance a operaciones con activos virtuales realizadas desde otra jurisdicción cuando involucren a ciudadanos mexicanos. Esto cierra una brecha que permitía evadir controles operando desde exchanges no regulados en el extranjero.
Señal de alerta: transacciones desde wallets vinculadas a mixers o servicios de anonimización, conversiones frecuentes entre múltiples criptomonedas sin propósito económico claro, montos inconsistentes con el perfil económico del cliente.
¿Existen tipologías emergentes?
Además de las tipologías del lavado de dinero ya documentadas, han surgido esquemas que aprovechan tecnologías recientes y vacíos regulatorios:
- Economías de videojuegos: compra de activos digitales (skins, monedas virtuales, cuentas premium) con fondos ilícitos para revenderlos en mercados secundarios no regulados, donde los montos pueden ser significativos y difíciles de rastrear
- Inversión extranjera ficticia: organizaciones nacionales reciben "apoyos económicos" del exterior para proyectos supuestamente benéficos, legalizando los fondos al convertirlos a moneda local mediante intermediarios cambiarios
- Fintech y neobancos: apertura masiva de cuentas digitales con documentación falsa o robada para fraccionar depósitos ilícitos aprovechando procesos de onboarding simplificados
¿Cuáles son las señales de alerta por tipología?
Las tipologías del lavado de dinero tienen indicadores específicos que los sujetos obligados deben incorporar en su evaluación de riesgos y en los mecanismos de monitoreo. La siguiente tabla resume las señales clave:
| Tipología |
Señales de alerta principales |
Sector más expuesto |
| Pitufeo |
Depósitos fraccionados justo debajo del umbral, múltiples cuentas, operaciones en distintas sucursales |
Banca, SOFOMes, SOFIPOs |
| Empresas fachada |
Facturación sin sustancia económica, proveedores EFOS/EDOS, ingresos desproporcionados |
Todos los sectores |
| Testaferros |
Titular sin capacidad económica, terceros que toman decisiones, documentación inconsistente |
Inmobiliario, banca |
| TBML |
Precios fuera de mercado, rutas comerciales inusuales, volúmenes inconsistentes |
Comercio exterior |
| Inmobiliario |
Pagos en efectivo elevados, sobrevaluación, compras sucesivas en periodos cortos |
Inmobiliarias, notarios |
| Casinos |
Compra de fichas sin juego, efectivo masivo, intermediarios de bajo perfil |
Juegos con apuesta |
| Criptomonedas |
Wallets de mixers, conversiones múltiples sin propósito, montos inconsistentes con perfil |
Exchanges, PSAV |
Cuando una operación coincide con estos indicadores, el sujeto obligado debe analizar la situación y, de confirmarse la sospecha, presentar el reporte correspondiente: aviso al SAT si realiza actividades vulnerables bajo la LFPIORPI, o Reporte de Operación Inusual (ROI) ante la CNBV si opera en el sector financiero. Con la reforma DOF 16-07-2025, los avisos por sospecha deben presentarse dentro de 24 horas, incluso si la operación no se concretó (Art. 18 Fr. VI LFPIORPI).
¿Qué obligaciones tienen los sujetos obligados frente a las tipologías?
Conocer las tipologías del lavado de dinero no es un fin en sí mismo, sino una herramienta para cumplir las obligaciones legales de prevención. La LFPIORPI exige que los sujetos obligados integren este conocimiento en cinco áreas de su programa de cumplimiento:
- Evaluación de riesgos: la metodología EBR debe considerar las tipologías relevantes al sector para identificar y medir riesgos (Art. 18 Fr. VII LFPIORPI)
- Manual de cumplimiento: debe incluir señales de alerta basadas en las tipologías aplicables al giro del negocio (Art. 18 Fr. VIII)
- Capacitación anual: el personal debe recibir formación sobre tipologías y señales de alerta relevantes a su función (Art. 18 Fr. IX)
- Monitoreo automatizado: los mecanismos automatizados deben detectar operaciones fuera del perfil transaccional del cliente, que es precisamente donde las tipologías se manifiestan (Art. 18 Fr. X)
- Avisos y reportes: cuando las señales de alerta se confirman, el sujeto obligado debe presentar avisos al SAT o reportes a la CNBV según corresponda
Para el sector financiero, las SOFOMes ENR (Art. 95 Bis LGOAAC), SOFIPOs (Art. 124 LACP) y bancos (Art. 115 LIC) tienen obligaciones análogas de detección y reporte ante la CNBV. El marco completo se explica en nuestra guía del régimen antilavado en México.
Preguntas frecuentes sobre tipologías del lavado de dinero
¿Qué es una tipología de lavado de dinero?
Es la clasificación de un esquema o método que las organizaciones criminales utilizan para ocultar el origen ilícito de recursos. Según la UIF de México, cada tipología incluye seis elementos: método, técnica, instrumento financiero, caso real, señales de alerta y tendencias de evolución.
¿Cuáles son las tipologías más comunes en México?
Las tipologías del lavado de dinero más documentadas por la UIF y el GAFILAT son el pitufeo o smurfing (fraccionamiento de operaciones), las empresas fachada, el uso de testaferros, el lavado a través del sector inmobiliario, los casinos con manejo intensivo de efectivo y, de manera creciente, las operaciones con criptomonedas y activos virtuales.
¿Quién publica las tipologías oficiales en México?
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP elabora y publica informes de tipologías con base en los reportes de operaciones que recibe de instituciones financieras y sujetos obligados. A nivel regional, el GAFILAT publica informes periódicos de tipologías para América Latina.
¿Qué es el TBML y por qué es difícil de detectar?
El Trade-Based Money Laundering oculta fondos ilícitos dentro de transacciones comerciales internacionales mediante sobrefacturación, subfacturación, envíos fantasma o facturación múltiple. Es difícil de detectar porque las transacciones comerciales son complejas, involucran múltiples jurisdicciones y los controles antilavado tradicionales no verifican precios de mercancías.
¿Es obligatorio conocer las tipologías del lavado de dinero?
Sí. La reforma DOF 16-07-2025 a la LFPIORPI exige que los sujetos obligados cuenten con programas de capacitación anual (Art. 18 Fr. IX) y evaluación basada en riesgos (Art. 18 Fr. VII) que considere las tipologías relevantes a su sector. Este conocimiento es fundamental para diseñar señales de alerta efectivas en el manual de cumplimiento.
¿Cómo reporto una operación sospechosa en México?
Si realizas actividades vulnerables bajo la LFPIORPI, debes presentar un aviso a través del portal SPPLD del SAT. Desde la reforma de julio 2025, los avisos por sospecha deben presentarse dentro de las 24 horas siguientes, incluso si la operación no se concretó (Art. 18 Fr. VI). En el sector financiero, el reporte se presenta ante la CNBV como Reporte de Operación Inusual (ROI).
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