LFPIORPI: Guía Completa de la Ley Antilavado y Actividades Vulnerables [2025]

Guía definitiva de la LFPIORPI (Ley Antilavado). Conoce las 17 actividades vulnerables, umbrales, avisos al SAT, portal antilavado y cómo cumplir en 2025.

LFPIORPI: Guía Completa de la Ley Antilavado y Actividades Vulnerables [2025]

¿Qué es la LFPIORPI? (Ley Antilavado de México)

La LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita), comúnmente conocida como Ley Antilavado, es el marco normativo principal que regula la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT) en México.

Esta ley, promulgada en 2012 y reformada significativamente en 2025, establece:

  • Las actividades vulnerables que deben ser monitoreadas
  • Los umbrales de identificación y aviso en UMA
  • Las obligaciones de los Sujetos Obligados
  • Las sanciones por incumplimiento
  • Los mecanismos de reporte ante el SAT y la UIF

El objetivo principal es prevenir que el sistema financiero y comercial mexicano sea utilizado como vehículo para lavar activos de origen criminal o financiar actividades terroristas, protegiendo así la integridad económica del país.

Importante: Las reformas de 2025 (vigentes desde el 17 de julio de 2025) han reforzado significativamente las obligaciones, incluyendo la exigencia de mecanismos automatizados para el cumplimiento.

¿Qué son las Actividades Vulnerables?

Las actividades vulnerables son aquellas actividades económicas lícitas (comerciales, profesionales o de servicios) que, por su naturaleza, son susceptibles de ser utilizadas para realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Aunque estas actividades son completamente legales, su estructura operativa las hace atractivas para el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, razón por la cual la LFPIORPI establece obligaciones específicas para los Sujetos Obligados que las realizan.

Características de las Actividades Vulnerables:

  • Son actividades económicas lícitas
  • Implican manejo de recursos significativos
  • Tienen umbrales específicos de identificación y aviso
  • Requieren registro ante el SAT en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero
  • Obligan a presentar avisos mensuales o informes en ceros

Las 17 Actividades Vulnerables del Artículo 17 LFPIORPI

De acuerdo con el Artículo 17 de la LFPIORPI, existen 17 actividades vulnerables oficialmente reguladas. Los umbrales están referenciados a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario para 2025 es de $113.14 MXN (consultar conversión actualizada).

I. Juegos con Apuesta, Concursos o Sorteos

Incluye: Venta de boletos o fichas, pago del valor de estos, entrega de premios y cualquier operación financiera vinculada.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 325 UMA $36,770 MXN
Umbral de aviso 645 UMA $72,975 MXN

II. Emisión o Comercialización de Tarjetas de Servicios o Crédito

Incluye: Tarjetas de servicios o crédito, tarjetas prepagadas, vales, cupones o monederos electrónicos (emitidos por sujetos distintos a Entidades Financieras).

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 805 UMA (gasto mensual acumulado) $91,078 MXN
Umbral de aviso 645 UMA (monto de emisión) $72,975 MXN

Nota especial: Exenta de obligación de acumulación de operaciones.

III. Emisión o Comercialización de Cheques de Viajero

Incluye: Emisión o comercialización habitual o profesional por sujetos distintos a Entidades Financieras.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 325 UMA $36,770 MXN
Umbral de aviso 645 UMA $72,975 MXN

IV. Operaciones de Mutuo, Garantía o Préstamos

Incluye: Ofrecimiento habitual o profesional de mutuo, garantía u otorgamiento de préstamos o créditos por sujetos distintos a Entidades Financieras.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación Desde el primer peso $0 MXN
Umbral de aviso 1,605 UMA $181,580 MXN

Excepción Regla 27 Bis: Préstamos entre empresas del mismo Grupo Empresarial (operaciones bancarizadas) no requieren aviso, solo Informe mensual.

V. Servicios de Construcción o Intermediación Inmobiliaria

Incluye: Construcción, desarrollo de bienes inmuebles, intermediación en transmisión de propiedad o constitución de derechos sobre inmuebles.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 8,025 UMA $907,948 MXN
Umbral de aviso 8,025 UMA $907,948 MXN

V Bis. Recepción de Recursos para Desarrollo Inmobiliario ? NUEVA 2025

Incluye: Recepción de recursos o aportaciones para el desarrollo inmobiliario.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 8,025 UMA $907,948 MXN
Umbral de aviso 8,025 UMA $907,948 MXN

Nota importante: Esta fracción fue adicionada en las reformas de 2025 (vigentes desde el 17 de julio de 2025) para cubrir expresamente todas las facetas del desarrollo inmobiliario.

VI. Comercialización de Metales y Piedras Preciosas

Incluye: Comercialización o intermediación habitual o profesional de metales, piedras preciosas, joyas o relojes.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 805 UMA $91,078 MXN
Umbral de aviso 1,605 UMA $181,580 MXN

VII. Comercialización o Subasta de Obras de Arte

Incluye: Comercialización o subasta habitual o profesional de obras de arte.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 2,410 UMA $272,667 MXN
Umbral de aviso 4,815 UMA $544,789 MXN

VIII. Comercialización de Vehículos

Incluye: Comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 3,210 UMA $363,119 MXN
Umbral de aviso 6,420 UMA $726,239 MXN

Nota especial: La venta de activo fijo no se considera actividad vulnerable. Limitante de efectivo (Art. 32): 3,210 UMA.

IX. Servicios de Blindaje

Incluye: Prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres o bienes inmuebles.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 2,410 UMA $272,667 MXN
Umbral de aviso 4,815 UMA $544,789 MXN

X. Servicios de Traslado o Custodia de Dinero o Valores

Incluye: Prestación habitual o profesional de servicios de traslado o custodia de dinero o valores.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación Desde el primer peso $0 MXN
Umbral de aviso 3,210 UMA $363,119 MXN

XI. Servicios Profesionales Independientes

Incluye: Servicios profesionales que administran o manejan recursos de clientes (abogados, contadores, auditores) cuando realizan operaciones financieras a nombre o representación del cliente.

Concepto Umbral
Umbral de identificación Siempre (cuando se realizan las operaciones descritas)
Umbral de aviso Siempre (cuando se realice la operación detonadora)

Nota especial:

  • Exenta de obligación de acumulación de operaciones
  • Aplica cuando administran recursos, manejan cuentas bancarias, organizan aportaciones de capital o asisten en compra/venta de inmuebles

XII. Servicios de Fe Pública

Incluye: Notarios públicos, corredores públicos, servidores públicos con fe pública y facilitadores/mediadores (adición 2025).

Concepto Umbral
Umbral de identificación Siempre (en todos los supuestos)
Umbral de aviso Variable (depende del sub-acto)

Actos incluidos:

  • Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles (incluidas donaciones)
  • Otorgamiento de poderes irrevocables
  • Constitución de personas morales
  • Mutuos o créditos (si el acreedor no es Entidad Financiera)
  • Avalúos
  • Ratificación de firmas en contratos de estos actos

Cambio importante 2025: Los umbrales para notarios y corredores públicos se redujeron significativamente, haciendo que muchas más operaciones sean objeto de aviso.

XIII. Recepción de Donativos

Incluye: Recepción de donativos por asociaciones y sociedades sin fines de lucro.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 1,605 UMA $181,580 MXN
Umbral de aviso 3,210 UMA $363,119 MXN

XIV. Servicios de Comercio Exterior

Incluye: Prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal.

Concepto Umbral
Umbral de identificación Acto u operación
Umbral de aviso Por cada pedimento

Nota especial:

  • Exenta de obligación de acumulación de operaciones
  • Los agentes aduanales deben registrarse en el SPPLD, pero su obligación de aviso se cumple mediante el sistema electrónico del pedimento (normativa aduanera), no a través del portal PLD

XV. Constitución de Derechos de Uso o Goce de Inmuebles (Arrendamiento)

Incluye: Arrendamiento de bienes inmuebles.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación 1,605 UMA (valor mensual) $181,580 MXN
Umbral de aviso 3,210 UMA (valor mensual) $363,119 MXN

Nota especial:

  • El acto u operación se considera realizado en la fecha de recepción de los recursos (cobro), no necesariamente en la fecha del CFDI
  • Excepción Regla 27 Bis: Arrendamientos entre empresas del mismo Grupo Empresarial (operaciones bancarizadas) no requieren aviso, solo Informe mensual

XVI. Intercambio de Activos Virtuales ⚠️ CAMBIO CRÍTICO 2025

Incluye: Ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales (criptomonedas) por sujetos distintos a Entidades Financieras.

Concepto Umbral en UMA Valor aproximado 2025
Umbral de identificación Desde el primer peso $0 MXN
Umbral de aviso 210 UMA (monto de operación) $23,759 MXN
Umbral de aviso alternativo 4 UMA (cobro de contraprestación) $452 MXN

Cambio crítico 2025: El umbral de aviso se redujo drásticamente a 210 UMA, lo que implica reportar casi la totalidad de las operaciones en el mercado de criptomonedas.

XVII. Operaciones mediante Fideicomisos u Otras Figuras Jurídicas

Incluye: Quienes actúan por medio de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica también realizan actividades vulnerables y están sujetos a la LFPIORPI.

Nota importante: Esta inclusión refuerza que el uso de figuras jurídicas no exime del cumplimiento de la ley.

Umbrales de la Ley Antilavado: Cómo Calcularlos en UMA

Los umbrales de la Ley Antilavado determinan cuándo una operación debe ser identificada y cuándo debe reportarse al SAT. Estos umbrales se expresan en UMA (Unidad de Medida y Actualización).

¿Qué es la UMA?

La UMA es un índice económico que reemplazó al salario mínimo para el cálculo de obligaciones legales. Su valor se actualiza anualmente por el INEGI.

Valor UMA 2025:

  • Diario: $113.14 MXN
  • Mensual: $3,439.46 MXN
  • Anual: $41,273.52 MXN

? Usa nuestra calculadora de UMA para convertir umbrales a pesos

Tipos de Umbrales

Umbral de Identificación: Monto a partir del cual debes recabar información completa del cliente (KYC).

Umbral de Aviso: Monto a partir del cual debes presentar un aviso al SAT a través del Portal de Prevención de Lavado de Dinero.

Notas Importantes sobre Umbrales

  • Exclusión del IVA: Para determinar el monto o valor de los actos u operaciones, no se deben considerar las contribuciones y accesorios como el IVA.
  • Acumulación de Operaciones: La acumulación se realiza por cliente en lo individual y por un período de seis meses, considerando únicamente los actos u operaciones que superen el monto de identificación.
  • Exentas de acumulación: Servicios de Comercio Exterior (XIV), Servicios Profesionales (XI), y Tarjetas Prepagadas (II).

Portal Antilavado SAT: Cómo Registrarse y Presentar Avisos

El Portal Antilavado (oficialmente llamado Portal de Prevención de Lavado de Dinero o SPPLD) es la plataforma del SAT donde los Sujetos Obligados deben:

  1. Registrarse en el padrón de actividades vulnerables
  2. Presentar avisos mensuales
  3. Presentar informes en ceros
  4. Consultar el estatus de sus obligaciones

Cómo Acceder al Portal Antilavado

URL oficial: Portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT

Requisitos para acceder:

  • e.firma (firma electrónica) vigente
  • RFC registrado
  • Alta previa en el padrón de actividades vulnerables

Proceso de Alta en el Portal Antilavado

  1. Obtener e.firma vigente en el SAT
  2. Ingresar al portal con RFC y contraseña
  3. Seleccionar "Alta de Actividades Vulnerables"
  4. Capturar información de la actividad vulnerable que realizas
  5. Designar al encargado responsable del cumplimiento
  6. Confirmar el registro y guardar el acuse

Fechas Límite para Avisos

Los avisos deben presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se realizó el acto u operación.

Mes de la operación Fecha límite de aviso
Enero 17 de febrero
Febrero 17 de marzo
Marzo 17 de abril
Abril 17 de mayo
Mayo 17 de junio
Junio 17 de julio
Julio 17 de agosto
Agosto 17 de septiembre
Septiembre 17 de octubre
Octubre 17 de noviembre
Noviembre 17 de diciembre
Diciembre 17 de enero

Avisos Antilavado: Tipos y Cómo Presentarlos

Los avisos antilavado son los reportes que los Sujetos Obligados deben presentar al SAT cuando realizan operaciones que superan los umbrales establecidos.

Tipos de Avisos

1. Aviso Normal (Mensual)

  • Se presenta cuando hay operaciones que superan el umbral de aviso
  • Fecha límite: día 17 del mes siguiente
  • Incluye información detallada de la operación y el cliente

2. Informe en Ceros

  • Se presenta cuando NO hay operaciones objeto de aviso en el período
  • Es obligatorio presentarlo cada mes
  • Demuestra que el Sujeto Obligado está activo y cumpliendo

3. Aviso de 24 Horas

  • Debe presentarse dentro de las 24 horas siguientes cuando:
    • Se tengan hechos o indicios de que los recursos provienen de una fuente ilícita
    • El cliente esté en las listas publicadas por la UIF
  • Aplica incluso si la operación no se celebró o fue solo intentada

Información que Debe Contener un Aviso

  • Datos completos del cliente (nombre, RFC, CURP, domicilio)
  • Datos del Beneficiario Controlador
  • Descripción de la operación
  • Monto en pesos y en UMA
  • Fecha de la operación
  • Forma de pago utilizada
  • Documentación de soporte

Generación de Archivos XML

El Portal Antilavado requiere que los avisos se presenten en formato XML. Un sistema automatizado de cumplimiento puede generar estos archivos automáticamente con la estructura correcta.

Reglas de Carácter General de la LFPIORPI

Las Reglas de Carácter General son disposiciones complementarias a la LFPIORPI que detallan cómo deben cumplirse las obligaciones establecidas en la ley. Son emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Aspectos que Regulan las Reglas de Carácter General

  1. Procedimientos de identificación de clientes
  2. Requisitos de documentación para expedientes
  3. Criterios para la acumulación de operaciones
  4. Formatos y plazos para presentación de avisos
  5. Excepciones y casos especiales (como la Regla 27 Bis)
  6. Procedimientos de auditoría interna y externa

Regla 27 Bis: Excepción para Grupos Empresariales

Una de las reglas más relevantes es la Regla 27 Bis, que establece excepciones para operaciones entre empresas del mismo grupo empresarial:

  • Los préstamos (Fracción IV) entre empresas del mismo grupo no requieren aviso si son bancarizados
  • Los arrendamientos (Fracción XV) entre empresas del mismo grupo no requieren aviso si son bancarizados
  • En ambos casos, sí se requiere presentar Informe mensual

Dónde Consultar las Reglas de Carácter General

Las Reglas de Carácter General se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y pueden consultarse en:

  • Portal del SAT
  • Portal de la UIF
  • Diario Oficial de la Federación

Reglamento de la LFPIORPI

El Reglamento de la LFPIORPI es el instrumento jurídico que desarrolla y detalla las disposiciones de la ley. Establece los procedimientos específicos para su aplicación.

Contenido Principal del Reglamento

Título I - Disposiciones Generales

  • Definiciones y conceptos
  • Ámbito de aplicación

Título II - De las Actividades Vulnerables

  • Procedimientos de identificación
  • Requisitos de los expedientes
  • Conservación de documentos

Título III - De los Avisos

  • Procedimiento de presentación
  • Contenido de los avisos
  • Plazos y sanciones

Título IV - De las Visitas de Verificación

  • Facultades de las autoridades
  • Procedimientos de inspección
  • Derechos de los Sujetos Obligados

Última Actualización del Reglamento

El Reglamento ha sido actualizado para armonizarse con las reformas de 2025, incluyendo:

  • Nuevos requisitos de mecanismos automatizados
  • Ampliación del período de conservación a 10 años
  • Nuevas definiciones de Beneficiario Controlador
  • Procedimientos para la nueva Fracción V Bis

Reformas a la Ley Antilavado 2025: Cambios Clave

Las reformas a la LFPIORPI vigentes desde el 17 de julio de 2025 representan el cambio más significativo desde la promulgación de la ley en 2012.

Principales Cambios de la Reforma 2025

Aspecto Antes Después (2025)
Conservación de expedientes 5 años 10 años
Mecanismos automatizados Recomendados Obligatorios
Actividades vulnerables 16 fracciones 17 fracciones (nueva V Bis)
Umbral activos virtuales Variable 210 UMA (reducido)
Fe pública - facilitadores No incluidos Incluidos
Oficial de cumplimiento Recomendado Obligatorio y registrado
Capacitación Recomendada Obligatoria
Auditoría externa Opcional Obligatoria

Nuevas Obligaciones del Artículo 18

La Fracción X del Artículo 18 ahora establece textualmente:

"Mecanismos automatizados para el monitoreo permanente y la detección de operaciones que por su naturaleza pudieran contravenir, afectar o poner en riesgo el cumplimiento de las disposiciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita"

Esto significa que el cumplimiento manual ya no es suficiente legalmente.

Nueva Fracción V Bis: Desarrollo Inmobiliario

Se agregó una nueva actividad vulnerable específica para la recepción de recursos destinados a desarrollo inmobiliario, cerrando un vacío legal que existía en el sector.

Impacto en los Sujetos Obligados

Las reformas exigen:

  • Inversión en tecnología de cumplimiento
  • Capacitación obligatoria del personal
  • Auditorías externas periódicas
  • Oficial de cumplimiento designado y registrado
  • Actualización de políticas y procedimientos

Obligaciones de los Sujetos Obligados según la LFPIORPI

Las obligaciones de quienes realizan actividades vulnerables van mucho más allá de "presentar un aviso al SAT". La LFPIORPI establece un régimen integral de cumplimiento.

Fase 1: Identificación y Conocimiento del Cliente (KYC)

El proceso de Know Your Customer (KYC) requiere según la Fracción I del Artículo 18:

Verificación de Identidad:

  • Verificar la identidad del cliente basándose en documentos oficiales originales
  • Cotejar las copias contra los documentos originales
  • Verificar que los documentos sean legibles y estén vigentes
  • Validar RFC, CURP y documentos de identificación oficial (INE/IFE)

Información sobre Actividad y Fuentes de Ingresos:

  • Recabar información sobre la actividad económica del cliente
  • Conocer las fuentes de ingresos y el perfil económico
  • Documentar el origen lícito de los recursos

Revisión en Listas:

  • Listas de lavado de dinero nacionales e internacionales
  • Listas de financiamiento al terrorismo
  • Lista del Artículo 69-B del SAT (operaciones inexistentes)
  • Listas de personas bloqueadas (ONU, OFAC)
  • Listas de Personas Políticamente Expuestas (PEP)

Fase 2: Identificación del Beneficiario Controlador

La Fracción III del Artículo 18 establece la obligación de identificar al Beneficiario Controlador o dueño beneficiario.

¿Qué es el Beneficiario Controlador?

Es la persona física que, de forma directa o indirecta:

  • Ejerce el control real sobre el cliente o la operación
  • Obtiene el beneficio económico final de la transacción
  • Posee más del 25% de las acciones o participación de una persona moral
  • Tiene poder de decisión sobre la dirección de la empresa

Proceso de Identificación:

  1. Solicitar información al cliente sobre el BC
  2. Recabar documentación probatoria
  3. Abstenerse de operar si el cliente se niega a proporcionar información
  4. Buscar al BC en listas negras y PEP

Fase 3: Enfoque Basado en Riesgos (EBR)

La Fracción VII del Artículo 18 establece la obligación de implementar un Enfoque Basado en Riesgos (EBR):

  • Calificar el riesgo de cada cliente (bajo, medio, alto)
  • Aplicar medidas de debida diligencia proporcionales al nivel de riesgo
  • Asignar recursos de monitoreo de manera eficiente
  • Documentar las matrices y criterios de clasificación

Fase 4: Conservación de Documentación

Obligación de custodiar, proteger y resguardar la documentación y registros por un plazo de 10 años (anteriormente 5 años).

Incluye:

  • Expedientes de clientes
  • Documentos de identificación
  • Contratos y comprobantes
  • Análisis de riesgo
  • Correspondencia relevante
  • Avisos presentados

Soluciones Automatizadas para el Cumplimiento LFPIORPI

Dada la complejidad de las obligaciones y la exigencia legal de contar con mecanismos automatizados, las soluciones tecnológicas se han vuelto indispensables.

¿Por qué la Automatización es Obligatoria?

La Fracción X del Artículo 18 de la LFPIORPI reformada exige expresamente contar con mecanismos automatizados para:

  • Monitoreo permanente de operaciones
  • Detección de operaciones inusuales
  • Identificación de patrones sospechosos
  • Cumplimiento de umbrales y acumulación

KYC SYSTEMS: Plataforma Integral de Cumplimiento PLD/FT

KYC SYSTEMS es un software especializado en el cumplimiento de actividades vulnerables que cubre todas las obligaciones establecidas en la LFPIORPI. Es una plataforma 100% mexicana diseñada específicamente para las necesidades de los Sujetos Obligados en México.

Funcionalidades de KYC SYSTEMS

Obligación Legal Solución Automatizada Referencia LFPIORPI
Identificación de Clientes (KYC) Expedientes digitales, validación de RFC, CURP e INE Fracción I, Art. 18
Identificación del Beneficiario Controlador Módulo BC, árbol corporativo visual Fracción III, Art. 18
Revisión en Listas (PEP y Listas Negras) Búsqueda automatizada, barridos masivos, alertas Verificación continua
Clasificación de Riesgos (EBR) Matrices configurables, calificación automática Fracción VII, Art. 18
Monitoreo de Transacciones Detección de patrones, acumulación automática Fracción X, Art. 18
Generación de Avisos al SAT XML válidos, calendario de vencimientos Fracción VI, Art. 18

Beneficios de Usar un Sistema Automatizado

  • 90% de reducción en tiempo dedicado al cumplimiento
  • Cero errores humanos en cálculos y umbrales
  • Almacenamiento seguro por 10 años
  • Actualizaciones automáticas cuando cambia la legislación
  • Soporte técnico especializado en PLD/FT
  • Cumplimiento legal con la Fracción X del Art. 18

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Preguntas Frecuentes sobre la LFPIORPI y Actividades Vulnerables

¿Qué es la LFPIORPI?

La LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) es la Ley Antilavado de México. Regula las actividades vulnerables y establece obligaciones para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

¿Quién está obligado a reportar actividades vulnerables?

Cualquier persona física o moral que realice alguna de las 17 actividades vulnerables listadas en el Artículo 17 de la LFPIORPI y cuyas operaciones superen los umbrales establecidos en UMA.

¿Cuántas actividades vulnerables existen en México?

Existen 17 actividades vulnerables oficialmente reguladas, incluyendo la reciente adición de la Fracción V Bis sobre desarrollo inmobiliario en las reformas de 2025.

¿Qué pasa si no me registro en el Padrón de Actividades Vulnerables?

Puedes recibir multas de 200 a 2,000 UMA (consultar valor actual) por no estar registrado, además de clausura temporal o definitiva del establecimiento.

¿Qué es el Beneficiario Controlador y por qué es importante?

El Beneficiario Controlador es la persona física que realmente controla o se beneficia de la operación. Identificarlo es crucial porque previene que se usen "prestanombres" para ocultar operaciones de lavado de dinero.

¿Cuánto tiempo debo guardar los expedientes?

10 años desde la última operación con ese cliente, según la reforma a la LFPIORPI. Esto incluye todos los documentos, correspondencia y análisis.

¿Puedo cumplir manualmente sin un sistema automatizado?

No legalmente. La Fracción X del Artículo 18 de la LFPIORPI exige expresamente contar con "mecanismos automatizados" para el monitoreo permanente. El cumplimiento manual ya no es suficiente.

¿Cómo calculo los umbrales en UMA?

Puedes usar la calculadora de UMA para convertir los umbrales a pesos mexicanos. El valor para 2025 es de $113.14 MXN diarios.

¿Qué es el Portal Antilavado del SAT?

Es la plataforma oficial donde los Sujetos Obligados deben registrarse, presentar avisos mensuales y consultar sus obligaciones. Se accede con e.firma en el portal del SAT.

¿Cuándo debo presentar un aviso de 24 horas?

Cuando tengas hechos o indicios de que los recursos provienen de una fuente ilícita, o cuando el cliente aparezca en las listas de la UIF. Aplica incluso si la operación no se concretó.

Conclusión: El Cumplimiento LFPIORPI Requiere Automatización

El cumplimiento de las actividades vulnerables bajo la LFPIORPI requiere:

  • ✅ Conocimiento técnico-legal profundo de la ley y sus reformas
  • ✅ Procesos estructurados de identificación y monitoreo
  • Tecnología automatizada para el cumplimiento permanente (obligatorio por ley)
  • ✅ Resguardo seguro de información por 10 años
  • ✅ Capacidad de auditoría y trazabilidad completa

Las reformas de 2025 han dejado claro que el cumplimiento manual ya no es suficiente ni legal.

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KYC SYSTEMS es la plataforma líder en México para el cumplimiento de actividades vulnerables, diseñada específicamente para Sujetos Obligados bajo la normativa mexicana.

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Recursos Adicionales


Última actualización: Diciembre 2025

Este artículo tiene fines informativos. Para asesoría legal específica sobre tu situación, consulta con un abogado especializado en PLD/FT.