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Si realizas actividades vulnerables en México, el SPPLD es una plataforma que debes conocer a fondo. No hacerlo puede costarte desde $1.1 hasta $7.3 millones de pesos en multas, o incluso prisión de 2 a 8 años.
En esta guía te explico qué es el SPPLD, cómo acceder, qué trámites puedes realizar y cómo presentar tus avisos correctamente para evitar sanciones.
¿Qué es el SPPLD?
El SPPLD (Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero) es la plataforma oficial del SAT donde los sujetos obligados deben:
Alta y registro: Inscribirse como actividad vulnerable en el padrón
Presentar avisos: Reportar operaciones que superen los umbrales
Informes en cero: Reportar cuando no haya operaciones que declarar
Consultar acuses: Dar seguimiento a los trámites enviados
Este portal opera bajo el marco de la LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) y toda la información que capturas es enviada a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para combatir el lavado de dinero en México.
Características principales del portal
| Característica |
Detalle |
| Disponibilidad |
24 horas, 365 días del año |
| Acceso |
Requiere e.firma (FIEL) vigente |
| Administrador |
SAT (Servicio de Administración Tributaria) |
| Receptor de información |
UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) |
| Marco legal |
LFPIORPI y Reglas de Carácter General |
¿Quiénes deben usar el portal SPPLD?
Todas las personas físicas y morales que realicen actividades vulnerables conforme al Artículo 17 de la LFPIORPI están obligadas a registrarse y usar el SPPLD.
Las 17 fracciones de actividades vulnerables incluyen:
- Juegos con apuesta, concursos y sorteos
- Tarjetas de servicios, crédito y prepagadas (emitidas por no financieras)
- Cheques de viajero (emisión y comercialización)
- Operaciones de mutuo, garantía o préstamos (por no financieras)
- Servicios de construcción o desarrollo inmobiliario
- Comercialización de inmuebles
- Comercialización de vehículos (aéreos, marítimos y terrestres)
- Comercialización de joyas, relojes, metales y piedras preciosas
- Comercialización de obras de arte
- Comercialización de blindaje de vehículos e inmuebles
- Servicios de traslado de valores y custodia
- Servicios profesionales (abogados, contadores, auditores)
- Fe pública (notarios y corredores públicos)
- Recepción de donativos (asociaciones sin fines de lucro)
- Servicios de comercio exterior (agentes y agencias aduanales)
- Arrendamiento de inmuebles
- Ofrecimiento de activos virtuales (criptomonedas)
Importante: Con la reforma de julio 2025, los umbrales para activos virtuales se redujeron drásticamente de 645 a 210 UMA, lo que significa que prácticamente todas las operaciones con criptomonedas deben reportarse.
URLs oficiales para acceder al SPPLD
El SAT tiene varias URLs para el portal. Aquí te explico cada una:
Portal principal (información general)
https://sppld.sat.gob.mx/pld/index.html
Aquí encontrarás toda la información sobre la LFPIORPI, actividades vulnerables, umbrales, sanciones y acceso al sistema.
Sistema del Portal en Internet
https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/sppld.html
Desde aquí accedes a las opciones de captura de avisos, envío masivo, plantillas descargables y videotutoriales.
Login directo al sistema
https://loginsppld.sat.gob.mx/nidp/app/login
Página de inicio de sesión donde ingresas tu e.firma para acceder al sistema.
Requisitos para acceder al SPPLD
Antes de intentar ingresar al portal, verifica que cumples con estos requisitos:
1. RFC activo
Debes estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes
2. e.firma vigente
Tu Firma Electrónica Avanzada debe estar activa (no vencida)
3. Alta como actividad vulnerable
Debes haberte registrado previamente en el padrón
¿Qué necesitas para el alta y registro?
Conforme al Artículo 4 de las Reglas de Carácter General, para darte de alta necesitas:
- Certificado de e.firma (.cer)
- Clave privada de e.firma (.key)
- Contraseña de la clave privada
- Información de la actividad vulnerable que realizas
- Datos del responsable de cumplimiento (en caso de personas morales)
¿Qué trámites puedes realizar en el SPPLD?
Una vez dentro del sistema, tienes acceso a las siguientes funciones:
1
Alta y registro
Trámite inicial obligatorio para quedar inscrito en el padrón de sujetos obligados.
2
Captura de avisos en línea
Captura manualmente los avisos directamente en el sistema, uno por uno.
3
Envío masivo de avisos
Sube archivos XML con múltiples avisos simultáneos. Ideal para alto volumen.
4
Informes en cero
Cuando no realizaste operaciones que superen los umbrales en el periodo.
5
Avisos modificatorios
Corrige información de avisos previamente aceptados (con restricciones).
6
Consulta de acuses
Verifica el estatus de tus avisos y descarga los acuses correspondientes.
7
Histórico de envíos
Consulta todos los avisos que has presentado históricamente.
8
Baja de actividad vulnerable
Cuando dejas de realizar la actividad, tramita tu baja del padrón.
Cómo presentar avisos usando las plantillas Excel
El SAT proporciona plantillas en Excel (.xlsm) para facilitar la captura de avisos. Este es el proceso paso a paso:
Paso 1: Descarga la plantilla
Ingresa al portal SPPLD y navega al menú "Actividades Vulnerables". Localiza la plantilla correspondiente a tu actividad.
Para Fe Pública y Servicios Profesionales, selecciona la sub-actividad específica:
- Otorgamiento de poder irrevocable
- Constitución de personas morales
- Modificación patrimonial por aumento/disminución de capital
- Fusión, Escisión
- Compra o venta de acciones o partes sociales
- Constitución de fideicomiso traslativo de dominio
- Realización de avalúos
Paso 2: Verifica los requisitos técnicos
- Microsoft Excel 2007 o posterior instalado en tu computadora
- El archivo tiene extensión .xlsm (Excel con macros)
Paso 3: Habilita el contenido
Al abrir el archivo, Excel mostrará una advertencia de seguridad. Haz clic en "Habilitar contenido" para que las macros funcionen correctamente.
⚠️ Importante: Si no habilitas el contenido, no podrás generar el archivo XML.
Paso 4: Llena la plantilla correctamente
Los formatos deben llenarse conforme a la Resolución por la que se expiden los formatos oficiales de los Avisos e Informes publicada en el DOF.
Puntos clave:
- Los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios
- Captura correctamente los datos del cliente/usuario
- Incluye la información del beneficiario controlador cuando aplique
- Verifica montos y fechas antes de continuar
Paso 5: Valida y genera el archivo XML
Una vez capturados todos los datos:
- Haz clic en el botón "Validar datos - Generar archivo"
- Si hay errores, el sistema te mostrará una ventana con el detalle
- Corrige los errores señalados
- Vuelve a validar hasta que no haya errores
- Guarda el archivo XML con un nombre único y descriptivo
Paso 6: Verifica la extensión del archivo
El archivo generado debe terminar en .xml. Si no es así, renómbralo manualmente agregando la extensión.
Paso 7: Sube el archivo al portal
- Ingresa al Sistema del Portal en Internet (SPPLD)
- Inicia sesión con tu e.firma
- Ve a la sección "Envío masivo de avisos"
- Selecciona el tipo de actividad
- Haz clic en "Selecciona archivo" y busca tu XML
- Presiona "Enviar archivo"
Paso 8: Consulta tu acuse
Después de unos minutos, podrás consultar el acuse en la sección "Ver Acuses".
⚠️ Límite importante: El tamaño máximo permitido de un archivo XML es de 2 MB.
Cómo presentar un aviso modificatorio
Si necesitas corregir información de un aviso que ya fue aceptado, puedes presentar un aviso modificatorio. Aquí el proceso:
Requisitos previos
- El aviso original debe tener estatus "ACEPTADO"
- Solo se permite una modificación por aviso
- Debe enviarse dentro de los 30 días naturales posteriores a la fecha de envío del aviso original
- Los informes en cero NO se pueden modificar
Paso 1: Localiza el aviso a modificar
- Ingresa a tu sesión en el SPPLD
- Ve a "Avisos e Informes" → "Ver Acuses"
- Ingresa un rango de fechas para filtrar
- Localiza el aviso que deseas modificar
- Haz clic en "Ver Detalle"
Paso 2: Obtén el folio del aviso
En el detalle del aviso encontrarás un PDF con la siguiente información:
| Campo |
Descripción |
| Folio Portal |
Número interno del sistema |
| Folio Aviso |
Este es el que necesitas para el modificatorio |
| Referencia |
Identificador de tu operación |
Copia el "Folio Aviso" (ejemplo: 2025-15951).
Paso 3: Captura el aviso modificatorio
- Inicia la captura de un nuevo aviso
- Marca la casilla "¿Este aviso es modificatorio?"
- Ingresa el Folio UIF del aviso previo que se modifica
- Escribe el motivo de la modificación
- Captura los datos corregidos
- Envía el aviso como normalmente lo haces
Calendario de presentación de avisos
Los avisos deben presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al que corresponda la operación.
| Si la operación fue en... |
Presenta el aviso a más tardar el... |
| Enero |
17 de febrero |
| Febrero |
17 de marzo |
| Marzo |
17 de abril |
| Abril |
17 de mayo |
| Mayo |
17 de junio |
| Junio |
17 de julio |
| Julio |
17 de agosto |
| Agosto |
17 de septiembre |
| Septiembre |
17 de octubre |
| Octubre |
17 de noviembre |
| Noviembre |
17 de diciembre |
| Diciembre |
17 de enero |
Nota: Si el día 17 cae en día inhábil, tienes hasta el siguiente día hábil.
Sanciones por incumplimiento en el SPPLD
Las sanciones por no cumplir con las obligaciones de la LFPIORPI son extremadamente severas. Aquí el detalle actualizado con el valor de la UMA 2025 ($113.14 MXN):
Multas administrativas
| Infracción |
Multa en UMA |
Multa en pesos (2025) |
| No identificar a clientes/usuarios |
200 - 2,000 |
$22,628 - $226,280 |
| No verificar información del cliente |
200 - 2,000 |
$22,628 - $226,280 |
| No conservar documentación |
2,000 - 10,000 |
$226,280 - $1,131,400 |
| No presentar avisos |
10,000 - 65,000 |
$1,131,400 - $7,354,100 |
| Presentar avisos extemporáneos (+30 días) |
2,000 |
$226,280 |
| No atender requerimientos de la autoridad |
10,000 - 65,000 |
$1,131,400 - $7,354,100 |
| Incumplir límites de uso de efectivo |
10% - 100% |
del monto de la operación |
Sanciones penales
| Conducta |
Sanción |
| Proporcionar información falsa o alterada en los avisos |
Prisión de 2 a 8 años |
| Modificar o alterar documentación destinada a los avisos |
Prisión de 2 a 8 años |
| Incorporar información ilegible que impida conocer su contenido |
Prisión de 2 a 8 años |
Otras consecuencias
- Revocación de permisos y autorizaciones para operar
- Cancelación de patentes (notarios, corredores públicos, agentes aduanales)
- Clausura temporal o definitiva del establecimiento
- Daño reputacional ante clientes y socios comerciales
⚠️ Dato importante: En 2025 se eliminó el requisito de conducta "dolosa" para algunos delitos, lo que significa que el incumplimiento por negligencia también puede ser sancionado penalmente.
Recomendaciones técnicas para usar el SPPLD
El SAT proporciona estas recomendaciones para evitar problemas técnicos:
Actualiza el navegador frecuentemente
Al navegar por el portal, algunas páginas pueden quedarse estáticas. Usa la tecla F5 para actualizar y asegurarte de ver la última versión. Visitar frecuentemente el portal genera cookies que se almacenan en tu computadora.
Verifica tu conexión a internet
Es fundamental contar con una conexión estable y rápida. Durante tu estancia en el portal, verifica que la transferencia de datos sea adecuada.
Usa rangos de fechas para consultar acuses
Cuando quieras ver tus acuses dentro del sistema, siempre coloca un rango de fechas. De lo contrario, no se mostrarán resultados.
Revisa los instructivos antes de usar las plantillas
Cada plantilla de Excel tiene un instructivo a lado. Léelo antes de empezar para evitar errores que te hagan perder tiempo.
Errores comunes al usar el SPPLD y cómo evitarlos
Error 1: No habilitar macros en Excel
Problema: El botón "Validar datos - Generar archivo" no funciona.
Solución: Al abrir la plantilla, haz clic en "Habilitar contenido" en la barra de advertencia.
Error 2: Campos obligatorios vacíos
Problema: El sistema rechaza el archivo por "Referencia inválida" o similar.
Solución: Revisa todos los campos marcados con asterisco (*) y asegúrate de que estén completos.
Error 3: Formato incorrecto en fechas o montos
Problema: Error de validación al generar el XML.
Solución: Usa el formato correcto:
- Fechas: DD/MM/AAAA
- Montos: Sin signos de pesos ni comas (ejemplo: 150000.00)
Error 4: Archivo XML muy pesado
Problema: El sistema no permite subir el archivo.
Solución: Divide tus avisos en varios archivos que no excedan los 2 MB cada uno.
Error 5: e.firma vencida
Problema: No puedes iniciar sesión en el portal.
Solución: Renueva tu e.firma antes de la fecha de vencimiento. El trámite puede hacerse en línea o en oficinas del SAT.
Error 6: No consultar con rango de fechas
Problema: La sección de acuses aparece vacía.
Solución: Siempre ingresa una fecha de inicio y fecha fin para filtrar tus acuses.
Cambios importantes tras la reforma LFPIORPI 2025
La reforma publicada el 16 de julio de 2025 introdujo cambios significativos que afectan el uso del SPPLD:
Plazo de resguardo de información
El tiempo para custodiar, proteger y resguardar la información pasó de 5 a 10 años contados a partir de la realización de la actividad vulnerable.
Avisos por sospecha en 24 horas
Se amplió la obligación de presentar avisos en 24 horas por sospecha, incluso si la operación no se concretó.
Beneficiario controlador
Todas las sociedades mercantiles deben identificar y documentar al beneficiario controlador (persona física que realmente controla o se beneficia de la operación).
Umbrales de activos virtuales
El umbral de aviso para operaciones con criptomonedas se redujo de 645 a 210 UMA (de $72,975 a $23,759 aproximadamente), lo que implica reportar casi todas las operaciones.
Mecanismos automatizados obligatorios
El Artículo 18, Fracción X exige contar con "mecanismos automatizados" para el monitoreo permanente. El cumplimiento manual ya no es suficiente para la autoridad.
Preguntas frecuentes sobre el SPPLD
¿El portal SPPLD funciona las 24 horas?
Sí. El sistema está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. Sin embargo, puede haber periodos de mantenimiento programado donde la generación de acuses se retrase.
¿Qué hago si mi aviso aparece como "Procesando" y no genera acuse?
Esto puede ocurrir durante periodos de actualización del sistema. No reenvíes el aviso, ya que podrías duplicarlo. Espera a que el sistema complete el procesamiento y consulta tu acuse cuando el estatus cambie.
¿Puedo modificar un informe en cero?
No. Los informes en cero no pueden modificarse una vez enviados. Asegúrate de que la información sea correcta antes de enviar.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un aviso modificatorio?
Tienes 30 días naturales a partir de la fecha de envío del aviso original.
¿Qué pasa si no tengo operaciones que reportar?
Debes presentar un informe en cero. El hecho de no tener operaciones que superen los umbrales no te exime de cumplir con la obligación de reportar.
¿Puedo darme de baja del portal si ya no realizo actividades vulnerables?
Sí, y de hecho debes hacerlo. Si dejas de realizar la actividad vulnerable (por liquidación, fusión, escisión, etc.), debes tramitar tu baja en el portal. De lo contrario, seguirás obligado a presentar informes en cero.
¿Qué tamaño máximo puede tener un archivo XML?
El límite es de 2 MB por archivo. Si tienes muchos avisos, divide la información en varios archivos.
¿Qué navegador debo usar para el portal SPPLD?
El SAT recomienda usar navegadores actualizados. Chrome, Firefox y Edge funcionan correctamente. Evita usar versiones muy antiguas de Internet Explorer.
¿Dónde puedo descargar las plantillas de Excel?
En el menú "Actividades Vulnerables" del portal SPPLD encontrarás las plantillas correspondientes a cada tipo de actividad.
¿Es obligatorio usar las plantillas de Excel o puedo capturar directo en el sistema?
Puedes elegir cualquiera de las dos opciones:
- Captura en línea: Ideal para pocas operaciones
- Plantillas Excel + Envío masivo: Recomendado para alto volumen de operaciones
Conclusión
El SPPLD es una herramienta fundamental para el cumplimiento de las obligaciones antilavado en México. Conocerlo a fondo te permite:
- ✅ Evitar multas millonarias (hasta $7.3 millones de pesos)
- ✅ Prevenir sanciones penales (hasta 8 años de prisión)
- ✅ Mantener tus permisos y autorizaciones vigentes
- ✅ Proteger la reputación de tu negocio
La clave está en automatizar tus procesos de cumplimiento. Con las nuevas exigencias de la reforma 2025, incluyendo la obligación de contar con mecanismos automatizados, depender de procesos manuales ya no es una opción viable.
Artículo actualizado: Diciembre 2025 | Fuentes: SAT, LFPIORPI, Reglas de Carácter General, DOF